Obligaciones legales OSC para el mes de marzo 2021

Mar 2, 2021

1.- Obligaciones para  No Donatarias Autorizadas: (aquellas que tributan en el Título II de la ley ISR)

a. Presentar la  Declaración Anual a más tardar el 31 de marzo de 2021.

2.- Obligaciones mensuales permanentes para todas las organizaciones:

 A más tardar el 17 del mes deberán:

  1. Enterar y presentar retenciones de IVA e ISR.
  2. Enterar y presentar retenciones de ISR por sueldos, salarios y asimilados.
  3. Informar al SAT de donativos que superen los 100 mil pesos.
  4. Presentar aviso de Prevención de Lavado de Dinero[1]

Además, en todo momento deberán:

  • Integrar un expediente del donante.[2]
  • Informar al SAT si tus datos de contacto cambiaron, hubo modificación en sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva. Tienes 10 días después del cambio.
  • Las donatarias autorizadas, deben mantener siempre vigente el documento que acredite sus actividades y avisar al SAT su renovación antes de su vencimiento.
  • Hacer pública la documentación de la Donataria Autorizada, el uso y destino de donativos y cumplimiento de obligaciones fiscales de los últimos tres años.

Recuerda:

1.- Revisar la vigencia del documento que acredita las actividades de la donataria autorizada.

Aviso:

¡Entérate de las nuevas obligaciones para donatarias autorizadas de acuerdo con la Tercera Resolución de modificaciones de la  Miscelánea Fiscal AQUÍ:

Te invitamos a participar a nuestros webinar gratuitos en marzo 2021:

Inscríbete en el siguiente link:

https://appleseedmexico.org/eventos/categoria/capacitaciones/


[1] Si se recibió un donativo o varios de un mismo donante en un periodo de 6 meses y estos sumen un valor superior de 3,210 UMA ($287,680.20 MXN a 2021).

[2] Si se recibió un donativo o varios durante 6 meses y superan la cantidad de 1,605 UMA ($143,840.10 MXN a 2021).


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