Obligaciones legales OSC para el mes de Junio

Jun 2, 2020

Recuerda que éstas son las obligaciones de junio:

Donatarias Autorizadas:

  1. A partir del 1 de junio deberán presentar el Informe de transparencia del ejercicio 2019. Tienes hasta el 31 de julio para presentarlo. 
  2. Presentar Informe final por los sismos 2017, solo la organización recibió donativos para atender la contingencia. Tienes hasta el 31 de julio para presentarlo. 
  3. Las organizaciones que hayan otorgado apoyos económicos a organizaciones no donatarias y cuyo objeto social sea realizar labores de rescate y reconstrucción en casos de desastres naturales, deberán presentar dentro del informe anual de transparencia un listado con el nombre, denominación o razón social y RFC de las organizaciones no donatarias a las cuales se les otorgó el donativo en los plazos señalados. 
  4. Las organizaciones que recibieron ingresos de 2 millones de pesos o menos durante el ejercicio fiscal  tienen la facilidad administrativa de presentar sus  ingresos y gastos  a través de “Mis Cuentas” en el portal del SAT. Si obtuviste más de 2 millones de pesos, deberás presentar tu contabilidad electrónica con el envío de tu balanza electrónica. 
  5. Las donatarias autorizadas que se recibieron los ingresos por concepto de venta de bienes, servicios y arrendamiento no gravarán IVA, es decir, no lo acreditan y por lo tanto deberán pagarlo como si fueran el consumidor final.

Todas las organizaciones:

A más tardar el 17 de junio deberán:

  1. Enterar y presentar retenciones de IVA e ISR.
  2. Enterar y presentar retenciones de ISR por sueldos, salarios y asimilados.
  3. Informar al SAT de donativos que superen los 100 mil pesos. 
  4. Presentar aviso de Prevención de Lavado de Dinero1.

Además, en todo momento deberás:

  • Integrar un expediente del donante2.
  • Informar al SAT si tus datos de contacto cambiaron, hubo modificación en sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva. Tienes 10 días después del cambio.
  • Las donatarias autorizadas, deben mantener siempre vigente el documento que acredite sus actividades y avisar al SAT su renovación antes de su vencimiento. (La carta de acreditación tiene una vigencia de 3 años)

1Si se recibió un donativo o varios de un mismo donante en un periodo de 6 meses y estos sumen un valor superior de 3,210 UMA ($278,884.80 MXN).

2Si se recibió un donativo o varios durante 6 meses y superan la cantidad de 1,605 UMA ($139,442.4 MXN).

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