- Constituirse y funcionar exclusivamente como entidades dedicadas a los fines previstos para recibir la autorización.
- Que una parte sustancial de sus ingresos provenga de:
- Fondos de la Federación, entidades federativas o municipios;
- Donativos; o
- Ingresos derivados de la realización de su objeto social.
- Destinar sus recursos exclusivamente a los fines propios de su objeto.
- Poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia, así como al uso y destino de los donativos recibidos.
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