Recuerda que éstas son las obligaciones de junio:
Donatarias Autorizadas:
- A partir del 1 de junio deberán presentar el Informe de transparencia del ejercicio 2019. Tienes hasta el 31 de julio para presentarlo.
- Presentar Informe final por los sismos 2017, solo SÍ la organización recibió donativos para atender la contingencia. Tienes hasta el 31 de julio para presentarlo.
- Las organizaciones que hayan otorgado apoyos económicos a organizaciones no donatarias y cuyo objeto social sea realizar labores de rescate y reconstrucción en casos de desastres naturales, deberán presentar dentro del informe anual de transparencia un listado con el nombre, denominación o razón social y RFC de las organizaciones no donatarias a las cuales se les otorgó el donativo en los plazos señalados.
- Las organizaciones que recibieron ingresos de 2 millones de pesos o menos durante el ejercicio fiscal tienen la facilidad administrativa de presentar sus ingresos y gastos a través de “Mis Cuentas” en el portal del SAT. Si obtuviste más de 2 millones de pesos, deberás presentar tu contabilidad electrónica con el envío de tu balanza electrónica.
- Las donatarias autorizadas que se recibieron los ingresos por concepto de venta de bienes, servicios y arrendamiento no gravarán IVA, es decir, no lo acreditan y por lo tanto deberán pagarlo como si fueran el consumidor final.
Todas las organizaciones:
A más tardar el 17 de junio deberán:
- Enterar y presentar retenciones de IVA e ISR.
- Enterar y presentar retenciones de ISR por sueldos, salarios y asimilados.
- Informar al SAT de donativos que superen los 100 mil pesos.
- Presentar aviso de Prevención de Lavado de Dinero1.
Además, en todo momento deberás:
- Integrar un expediente del donante2.
- Informar al SAT si tus datos de contacto cambiaron, hubo modificación en sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva. Tienes 10 días después del cambio.
- Las donatarias autorizadas, deben mantener siempre vigente el documento que acredite sus actividades y avisar al SAT su renovación antes de su vencimiento. (La carta de acreditación tiene una vigencia de 3 años)
1Si se recibió un donativo o varios de un mismo donante en un periodo de 6 meses y estos sumen un valor superior de 3,210 UMA ($278,884.80 MXN).
2Si se recibió un donativo o varios durante 6 meses y superan la cantidad de 1,605 UMA ($139,442.4 MXN).
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