Obligaciones legales OSC para el mes de Enero 2021

Dic 31, 2020

Recuerda que éstas son las obligaciones de Enero:

1. Organizaciones inscritas en el Registro Federal de las OSC y por lo tanto cuentan con la CLUNI:

Presentar el informe anual de las actividades realizadas durante el año 2020, hayan o no recibido apoyos o estímulos públicos del Gobierno de la República.  Vence el 31 de enero de 2021.

Recuerda que todo el proceso del informe es 100% vía internet.

2. Donatarias Autorizadas:

Si tu objeto social o fin autorizado, corresponde a la asistencia médica, rehabilitación o bien cuentas con la autorización para apoyar económicamente a otra donataria, perdiste vigencia, suspendiste actividades o revocaron tu autorización en 2020:

Debes presentar el “Informe de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2”. A más tardar el el 31 de enero 2021

Para más información aquí:

https://www.sat.gob.mx/tramites/66185/presenta-declaracion-informativa-de-donativos-recibidos-para-mitigar-y-combatir-el-virus-sars-cov2

En caso de que, con anterioridad a la publicación de esta disposición, se hayan recibido donativos para los propósitos señalados, se deberá de cancelar el CFDI y emitir uno nuevo relacionado con el comprobante cancelado[1].

Las donatarias autorizadas que donen recursos en efectivo o en especie para mitigar y combatir el COVID 19, al sector salud Federal, Estatal o Municipal, deberán solicitar que el CFDI correspondiente señale en el apartado de leyenda del complemento de donatarias: “COVID-19”[2].


[1] Regla 3.10.28 RMF 2021

[2] Ídem

3. Obligaciones mensuales permanentes para todas las organizaciones:

A más tardar el 17 del mes deberán:

  1. Enterar y presentar retenciones de IVA e ISR.
  2. Enterar y presentar retenciones de ISR por sueldos, salarios y asimilados.
  3. Informar al SAT de donativos que superen los 100 mil pesos.
  4. Presentar aviso de Prevención de Lavado de Dinero[1]

Además, en todo momento deberán:

  • Integrar un expediente del donante.[2]
  • Informar al SAT si tus datos de contacto cambiaron, hubo modificación en sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva. Tienes 10 días después del cambio.
  • Las donatarias autorizadas, deben mantener siempre vigente el documento que acredite sus actividades y avisar al SAT su renovación antes de su vencimiento.
  • Hacer pública la documentación de la Donataria Autorizada, el uso y destino de donativos y cumplimiento de obligaciones fiscales de los últimos tres años.

[1] Si se recibió un donativo o varios de un mismo donante en un periodo de 6 meses y estos sumen un valor superior de 3,210 UMA ($287,680.20 MXN a 2021).


[2] Si se recibió un donativo o varios durante 6 meses y superan la cantidad de 1,605 UMA ($143,840.10 MXN a 2021).

Prepárate para cumplir pronto:

Si eres donataria autorizada, tus ingresos el año pasado fueron menores a $500,000 (quinientos mil pesos) y el sexto dígito numérico de la clave del RFC de tu organización es 1o 2, deberás modificar los estatutos sociales incorporando la cláusula irrevocable de transmisión de patrimonio y cambio de residencia y avisar al SAT a más tardar el último día de marzo 2021[1].


[1] Regla 3.10.17 de la RMF 2021.

Recuerda:

1.- Revisar la vigencia del documento que acredita las actividades de la donataria autorizada.

Aviso:

¡Entérate de las nuevas obligaciones para donatarias autorizadas que contiene la Miscelánea Fiscal! Consulta el resumen AQUÍ:

https://appleseedmexico.org/descarga/6188/

Te invitamos a participar a nuestros webinar gratuitos en enero 2021, visita:

https://appleseedmexico.org/eventos/categoria/capacitaciones/

para conocerlos e inscribirte.


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