Recuerda que éstas son las obligaciones de Enero:
1. Organizaciones inscritas en el Registro Federal de las OSC y por lo tanto cuentan con la CLUNI:
Presentar el informe anual de las actividades realizadas durante el año 2020, hayan o no recibido apoyos o estímulos públicos del Gobierno de la República. Vence el 31 de enero de 2021.
Recuerda que todo el proceso del informe es 100% vía internet.
2. Donatarias Autorizadas:
Si tu objeto social o fin autorizado, corresponde a la asistencia médica, rehabilitación o bien cuentas con la autorización para apoyar económicamente a otra donataria, perdiste vigencia, suspendiste actividades o revocaron tu autorización en 2020:
Debes presentar el “Informe de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2”. A más tardar el el 31 de enero 2021
Para más información aquí:
En caso de que, con anterioridad a la publicación de esta disposición, se hayan recibido donativos para los propósitos señalados, se deberá de cancelar el CFDI y emitir uno nuevo relacionado con el comprobante cancelado[1].
Las donatarias autorizadas que donen recursos en efectivo o en especie para mitigar y combatir el COVID 19, al sector salud Federal, Estatal o Municipal, deberán solicitar que el CFDI correspondiente señale en el apartado de leyenda del complemento de donatarias: “COVID-19”[2].
[1] Regla 3.10.28 RMF 2021
[2] Ídem
3. Obligaciones mensuales permanentes para todas las organizaciones:
A más tardar el 17 del mes deberán:
- Enterar y presentar retenciones de IVA e ISR.
- Enterar y presentar retenciones de ISR por sueldos, salarios y asimilados.
- Informar al SAT de donativos que superen los 100 mil pesos.
- Presentar aviso de Prevención de Lavado de Dinero[1]
Además, en todo momento deberán:
- Integrar un expediente del donante.[2]
- Informar al SAT si tus datos de contacto cambiaron, hubo modificación en sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva. Tienes 10 días después del cambio.
- Las donatarias autorizadas, deben mantener siempre vigente el documento que acredite sus actividades y avisar al SAT su renovación antes de su vencimiento.
- Hacer pública la documentación de la Donataria Autorizada, el uso y destino de donativos y cumplimiento de obligaciones fiscales de los últimos tres años.
[1] Si se recibió un donativo o varios de un mismo donante en un periodo de 6 meses y estos sumen un valor superior de 3,210 UMA ($287,680.20 MXN a 2021).
[2] Si se recibió un donativo o varios durante 6 meses y superan la cantidad de 1,605 UMA ($143,840.10 MXN a 2021).
Prepárate para cumplir pronto:
Si eres donataria autorizada, tus ingresos el año pasado fueron menores a $500,000 (quinientos mil pesos) y el sexto dígito numérico de la clave del RFC de tu organización es 1o 2, deberás modificar los estatutos sociales incorporando la cláusula irrevocable de transmisión de patrimonio y cambio de residencia y avisar al SAT a más tardar el último día de marzo 2021[1].
[1] Regla 3.10.17 de la RMF 2021.
Recuerda:
1.- Revisar la vigencia del documento que acredita las actividades de la donataria autorizada.
Aviso:
¡Entérate de las nuevas obligaciones para donatarias autorizadas que contiene la Miscelánea Fiscal! Consulta el resumen AQUÍ:
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